Ratiica el derecho de los padres a la libre elección de la lengua en la enseñanza
La sentencia del Supremo sobre el catalán, un mazazo al actual Govern y al Partido Popular
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Madrid (LB).- El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada el 14 de septiembre de 2004 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que obligó a la Conselleria de Educación de la Generalitat a consultar la lengua habitual de la familia o tutores de los menores en la preinscripción escolar y tenerla en cuenta en la enseñanza de Infantil y Primaria, según la Ley de Política Lingüística de 1999.
Esta sentencia trasciende el estricto ámbito de la Generalitat catalana por cuanto lo que se sustancia en la misma es lo que está ocurriendo en otras comunidades autonómas, concretamente Baleares, donde la libre elección de la lengua es imposible dada la absolura predominancia del catalán como lengua vehicular de la enseñanza. En este sentido, la sentencia puede considerarse como un auténtico mazazo tanto al actual Pacto del Progreso como al Partido Popular que son los que han apostado por la total catalanización de la enseñanza en Baleares.
La sentencia del alto tribunal considera que el procedimiento que emplea la Generalitat en cada curso escolar “incumple la previsión del artículo 21.2 de la Ley de Política Lingüística por omitir en el modelo de prescripción que se entrega a los padres las preguntas dirigidas a conocer la lengua habitual de los niños”.
Concretamente, la Ley de Política Lingüística establece en su artículo 21.2 que “los niños tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual, ya sea esta el catalán o el castellano. La Administración ha de garantizar este derecho y poner los medios para hacerlo efectivo. Los padres u tutores lo pueden ejercer en nombre de sus hijos instando a que se aplique”.
Las hojas de las preinscripciones escolares incluían hasta el curso 1998/1999 una casilla en la que la Generalitat daba la opción a las familias a informar sobre su lengua de uso habitual. Sin embargo, el último gobierno de CiU la eliminó y se ha mantenido hasta la actualidad.
En su recurso ante el TS, la Generalitat defendía entre otras cosas, que la determinación de los medios a través de los cuales ha de hacer efectivo aquel derecho proclamado en el artículo 21.2 de la Ley de Política Lingüística, forma parte de la discrecionalidad reservada a la Administración.
No obstante, el alto tribunal rechaza en su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Segundo Menéndez Pérez, rechaza todos los argumentos esgrimidos por la Generalitat y respalda la sentencia del TSJC al estimar “más conforme con el ordenamiento” la incorporación en el impreso de preinscripción de “los medios necesarios (de forma sencilla, añadiendo un par de nuevas casillas en el impreso de preinscripción)” para hacer efectivo “el derecho de los niños a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual –ya sea ésta el catalán o el castellano–” y “facilitar su ejercicio por padres y tutores, todo ello a la luz de los principios contemplados en el artículo 9 de la Constitución”.
Sentencia 2004
La sentencia del TSJC de 2004 estimó parcialmente la demanda presentada el 15 de febrero de 2000 por la entidad Convivencia Cívica Catalana, –fundada por Aleix Vidal-Quadras y conocida por su línea contraria a la política lingüística de la Generalitat–, que interpuso un recurso al considerar “discriminatorio” hacia los castellano-hablantes no preguntar su lengua de uso con el fin de tenerla en cuenta en la enseñanza Infantil y Primaria.
Según el fallo de instancia recurrido por la Generalitat, el Gobierno catalán tiene la “obligación” de “adoptar las medidas necesarias para que el modelo oficial se pregunte por su lengua habitual a los padres o tutores de los niños preinscritos en los cursos escolares en centros sostenidos con fondos públicos por su lengua habitual, antes del inicio de la matriculación”.
La sentencia, de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJC, censuraba la actuación de la Conselleria porque impedía “hacer efectivo” el derecho de los alumnos “a recibir” la primera enseñanza “en la lengua habitual”.




Diciembre 28th, 2008 at 19:14
¡Menos dinero y más bilingüismo!
¡Por el bilingüismo real en las comunidades con dos lenguas oficiales!
Enlace para adherirse al Manifiesto por la lengua común:
http://www.ciudadanos-cs.org/firma_manifiesto_lengua_comun.html
Diciembre 29th, 2008 at 18:49
Enseñanza en español, mallorquín voluntario y prohición absoluta del catalán.-
El catalán que se enseña, hace que los jóvenes no sepan pronunciar nuestro mallorquín de siempre. El peligro para el mallorquín viene del catalán y no del castellano. La prueba es que hablábamos mejor el mallorquín cuando el enemigo era Franco que ahora que el enemigo es el catalán.- En cincuenta años todos hablarán como montilla o como la consellera galmés.-
Diciembre 29th, 2008 at 22:49
I què tenen en comú el Montilla i na Galmés? Idò qie són FORASTERS.Ha,ha,ha…
Diciembre 30th, 2008 at 0:19
Soy de nacimiento “catalan”, pero de habla castellana y mallorquin por adopcion y defiendo ante todo la enseñanza en español y defiendo el mallorquin por que es nuestra identidad la cual a consecuencia de la entrada del catalan, el mallorquin se perdera generacion tras generacion. Mis hijos ya no hablan mallorquin, la imposicion del catalan en las escuelas ha hecho perder la identidad de mis hijos, ya que por nacimiento son mallorquines y es algo intolerable que dentro de unos años desconozcan la lengua que les identifica. Y por favor no seamos de pueblo, exijamos el español y el ingles como dos lenguas necesarias para las nuevas generaciones y para un futuro muy cercano.